El primer paso antes de proceder a la apertura de un negocio es la obtención de la licencia de actividad. Esta licencia se otorga en los Ayuntamientos y es la que acredita que el local cumple los requisitos de seguridad y las condiciones de habitabilidad que la Ley establece como obligatorias para poder abrir un negocio.
Debes saber que tras la entrada en vigor de la Ley 19/2012 de medidas urgentes de liberalización del comercio, los comercios minoristas cuya superficie sea inferior a 300 metros cuadrados ya no
será necesario que obtengan una licencia de actividad. Si este es tu caso, a esta licencia le ha sustituido la presentación de una Declaración Responsable de inicio de actividad que se presenta
igualmente ante el Ayuntamiento de la localidad en cuestión. En todo caso los procedimientos serías los siguientes:
Para las actividades que no producen molestias a los vecinos, conocidas como actividades inocuas, los requisitos son mucho más livianos y sencillos. En cambio para las actividades calificadas las
exigencias aumentan y además será necesario contar con la autorización de la comunidad de propietarios.
Entre los requisitos para la obtención de la licencia de actividad podemos destacar los siguientes:
Siempre que se deban realizar obras de acondicionamiento del local, es necesario la solicitud de la licencia de obras correspondiente. En el caso de ser obras menores, con la licencia provisional
las obras podrán iniciarse.
En el caso de que la actividad del negocio sea enfocada a la realización de talleres musicales, bares, teatros y demás espectáculos que puedan generar molestias, es necesario realizar obras de
insonorización. Es obligatorio la presentación de un informe realizado por un técnico en el que se indiquen los focos de ruido, así como los elementos y medidas de prevención utilizadas para
evitar molestias.
Siempre que el local esté enfocado a la venta de bebidas y/o comidas, deberá contar con medidas higiénicas. Las diferentes normativas municipales detallan cuales son las exigencias a cumplir para
las cocinas, tipo de muebles, almacenes y cuartos de baño. Medidas que deberán cumplirse en el local para poder obtener la licencia de actividad.
Por último es imprescindible contar con un plan de incendios. Iluminación de emergencia, extintores, señalización de las salidas de emergencia, protocolos de evacuación, etc. Este plan de
incendios tendrá carácter obligatorio en el caso de negocios destinados al alojamiento (hoteles, casas rurales, etc.), así como los destinados a albergar espectáculos públicos.
Una vez presentado aportado el informe técnico visado por el colegio profesional, tan solo restará la presentación ante el Ayuntamiento de la solicitud de licencia con el correspondiente pago de las tasas.